¡Buen Gobierno Corporativo!

En este breve artículo aclaro las características del buen gobierno corporativo, imprescindibles para la gestión eficaz de las empresas que, tras transformar una buena idea (producto o servicio) en un negocio rentable, comienzan a afrontar habilidades de gestión imprescindibles para la sostenibilidad y perpetuación del negocio con el tiempo.

Es común encontrar en las organizaciones un organigrama ejecutivo razonablemente bien estructurado, mostrando claramente al ejecutivo principal (CEO) y sus subordinados directos, todos representando al “Consejo Ejecutivo”. La eficacia de este organigrama, así como la distribución de responsabilidades, no siempre es tan clara y no se aplica bien en el día a día del negocio, por lo que necesita ser monitoreado constantemente.

El tema al que me refiero aquí es el organigrama justo encima del “Consejo Ejecutivo”, cuyas responsabilidades estratégicas y dirección empresarial no siempre están bien redactadas y normalmente no se aplican bien. Estamos hablando aquí de la existencia, de hecho, de una estructura de gobernanza basada en:

  1. Consejo de Administración: que pretende ser el vínculo entre los intereses de los accionistas y las responsabilidades del consejo ejecutivo, con la función de deliberar sobre las estrategias de la organización, además de resolver posibles tensiones entre los socios y directivos de la empresa. Él es el pilar del bien. 
  2. Gobierno Corporativo: tiene como objetivo maximizar el retorno de la inversión. Para ello, sus miembros actúan como un sector que supervisa las actividades, crea direcciones estratégicas y proporciona orientación general al negocio. La norma tiene como objetivo garantizar los intereses de los accionistas, vigilando las actuaciones de gerentes y los resultados obtenidos por la empresa. El estatuto de la S/A determina el número total de directores (mínimo y máximo), que son elegidos por la Asamblea General y pueden ser destituidos en cualquier momento. Además, establece el plazo de gestión -que no puede exceder los 3 años- y normas sobre convocatoria, instalación y funcionamiento del organismo. Con base en las pautas legales, incluso aquellas empresas que no están obligadas a adoptar el grupo selecto pueden implementarlo en sus organigramas. Es una práctica común en el mercado optar por entre 5 y 11 miembros con diferentes experiencias y calificaciones, para formar un grupo diverso, con diferentes habilidades y puntos de vista.
  3. Junta de accionistas: es el máximo órgano de toma de decisiones de una empresa. Concentra el poder político, reuniendo a todos los accionistas para expresar sus puntos de vista sobre temas relevantes para su funcionamiento. En la cadena jerárquica del gobierno corporativo, la asamblea se ubica por encima del “Consejo Directivo”, y éste, a su vez, ejerce poder sobre los gerentes. En las empresas constituidas como sociedades anónimas, la ley 6.404/76 – Ley SA , define las reglas para la convocatoria y funcionamiento de las reuniones, así como los temas a deliberar por los accionistas y la dinámica de la relación entre la reunión, el consejo y la dirección ejecutiva.

Dada la importancia del gobierno corporativo, es crucial buscar orientación especializada. Así como una Junta Directiva es esencial para la estructura organizacional, un ActionCOACH puede brindar un apoyo vital en la implementación efectiva de estrategias de gobernanza. No esperes más, encuentra un ActionCOACH ahora e impulsa el éxito duradero de tu empresa.

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